FONO CLIENTE 600 700 01 01

Derechos Clientes

A continuación se enuncian los principales derechos que tienen los clientes:

1.- La empresa proporcione agua potable de buena calidad, es decir, apta para el consumo humano, y que la cantidad de la misma sea suficiente para abastecer a los usuarios de un inmueble.

2.- La empresa proporcione continuidad del suministro de agua potable. Según se establece, este sólo se verá afectado por interrupciones, restricciones y racionamientos programados. Eso sí, deberán comunicarse a los clientes 24 horas antes y aquellas interrupciones que impliquen una suspensión de suministro inferior a 15 horas no podrán realizarse entre las 6:00 y 15:00 horas.

3.- La empresa proporcione a sus clientes el suministro de agua potable según las presiones definidas por la norma chilena, una presión en la red de 15 mca (mca = metros de columna de agua).

4.- La empresa comunique a sus clientes, en forma oportuna, cuando la calidad y/o continuidad de uno o cualquiera de los servicios públicos sanitarios se vea afectada. Deberá realizarse en forma directa (volante informativo entregado en el domicilio) o por medios de comunicación masiva.

5.- La empresa otorgue a sus clientes una atención oportuna de los reclamos, consultas y/o solicitudes. Se deberá entregar una respuesta entendible e informada, explicando la forma en que se dará solución. Existe un plazo de 10 días hábiles para ello.

6.- La empresa informe en la respuesta al cliente, que ante una posible disconformidad con la respuesta, se puede solicitar la actuación de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

7.- La empresa mantenga informados a sus clientes de las tarifas actualizadas, calendario de facturación, entre otros, los cuales deben estar a su disposición en las oficinas comerciales.

8.- Los clientes puedan solicitar a la empresa sanitaria que verifique la exacta medición de su medidor en uso.

9.- La empresa otorgue las factibilidades técnicas necesarias a sus actuales, y potenciales clientes dentro del territorio operacional que tiene asignado.

10.- Exigir a la empresa los niveles de calidad definidos en los reglamentos, desde la fecha en que la empresa extiende el Certificado de Instalación de Agua Potable y Desagüe.