FONO CLIENTE 600 700 01 01

Deberes Clientes

1.- Pagar las sumas adeudadas, dentro de los plazos establecidos en la respectiva boleta o factura.

2.- Requerir la boleta o factura pendiente en las oficinas comerciales de Aguas Antofagasta, ante la eventualidad de que no la hubiere recibido en el domicilio dentro del plazo correspondiente.

3.-Verificar los valores contenidos en las boletas o facturas. Se entiende que el cliente está conforme con el cobro, cuando no ha presentado reclamo alguno ante la empresa dentro del plazo de 60 días contados desde el vencimiento del plazo para el pago.  

4.- Usar correctamente las instalaciones domiciliarias, y no vaciar en los desagües de alcantarillado objetos, basuras, materias sólidas o sustancias que puedan dañar los sistemas de recolección de aguas servidas, o que interfiera en su buen funcionamiento.

5.- Costear la remoción o restitución de las obras construidas al interior de la línea de cierre del inmueble, cuando haya sido necesario romper paredes o pisos para realizar trabajos de mantenimiento, o normalización del arranque de agua potable y de la unión domiciliaria de agua potable.

6.- Comunicar oportunamente a la empresa los daños, desperfectos u obstrucciones de sus instalaciones (exceptuada la parte interior de ellas, ver límite de responsabilidades) y de las redes públicas a que estuvieren conectadas.

7.- Instalar el medidor en un lugar adecuado para su fácil lectura, así como también mantenerlo debidamente protegido, y permitir su lectura por los agentes de la empresa sanitaria que se identifiquen como tales.

8.- Permitir el acceso al inmueble del personal de la empresa, identificado como tal, para el ejercicio de las funciones que dicen relación con la prestación de los servicios de agua potable y/o alcantarillado. Los trabajadores de Aguas Antofagasta (tanto el personal propio como el de empresas prestadoras de servicios –EPS) cuentan con una credencial que los acredita para operar en representación de la empresa.

9.- Conectarse a la red pública de agua potable o alcantarillado que enfrente un inmueble edificado, en los plazos legales establecidos al efecto.