1.- Prestar los servicios de agua potable y alcantarillado a quien lo solicite dentro de su territorio operacional.
2.- Proporcionar agua potable de buena calidad y en cantidad suficiente para abastecer satisfactoriamente a los ocupantes de cada inmueble.
3.- Garantizar la continuidad del suministro de agua potable, la que sólo podrá verse afectada por razones de fuerza mayor o por labores asociadas a la continuidad y/o reparación del servicio.
4.- Asegurar que la distribución del suministro de agua cumpla las presiones establecidas en la norma chilena (presión en la red de 15 mca).
5.- Aplicar un programa permanente de mantención preventiva de las redes de alcantarillado, que garantice la continuidad del servicio.
6.- Formular mensualmente el cobro del servicio sanitario prestado, mediante boletas o facturas que deben ser entregadas en el domicilio del cliente, dentro de los 5 días hábiles de emisión. Las boletas o facturas incluirán los cobros de agua potable y alcantarillado, entre otros.
7.- Entre la fecha de lectura del medidor y emisión de la boleta o factura no podrán transcurrir más de 10 días. La ley establece que la entrega puede ser fijada por la empresa.
En el caso de Aguas Antofagasta, la lectura de medidor y la entrega de boletas a los clientes se realiza en un mismo momento, habiéndose reducido a cero los plazos indicados en los puntos anteriores.
8.- Revisar el medidor en caso de disconformidad del usuario, y descontar el costo del trabajo en la cuenta del mes siguiente. La revisión será de cargo del cliente y se presumirá el funcionamiento correcto del medidor, cuando la cantidad registrada no supere el 5% del consumo real.
9.- Tener un programa de mantención y recambio de medidores, que aseguren el cumplimiento de la norma técnica pertinente.
10.- Efectuar el proceso de lectura de los medidores una vez al mes.
11.- Reponer el servicio de agua potable, el plazo legal señala: Si paga antes de las 15:00 horas, la reposición de servicio será al día siguiente hábil hasta las 23:59 horas. Si paga después de las 15:01 horas, la reposición de servicio será al día subsiguiente hábil hasta las 23:59 horas.
12.- Contar con un procedimiento especial que permita con prontitud, y en forma permanente atender las emergencias que afecten a uno o varios clientes del servicio de agua potable y/o alcantarillado.
13.- Las oficinas de atención de público deben contar con sectores especiales, separados, para atender el pago de los servicios y los reclamos o las solicitudes que deseen plantear los clientes. Debe haber a lo menos una oficina en cada lugar donde la empresa preste servicios.
14.- Efectuar periódicamente una labor informativa respecto de los derechos y obligaciones de los usuarios en conformidad al marco legal vigente. Asimismo, la empresa debe contar con anuncios, ubicados en lugares destacados de las oficinas comerciales, para que el cliente haga sus reclamos, consultas y/o solicitudes.
15.- Informar al cliente cuando su consumo experimente un incremento superior al 10% con respecto a la mayor facturación (o cobro) de los últimos 12 meses.